CONSEJO EXTRAORDINARIO
El Gobierno recurre la investidura telemática de Puigdemont
| (Foto: EFE/Zipi) |
EL IMPARCIAL
Miércoles 09 de mayo de 2018, 14:40h
"Nadie puede tener duda de que actuamos", ha dicho Méndez de Vigo.
El portavoz del Gobierno, Íñigo Méndez de Vigo, ha comparecido ante los medios de comuncación para explicar la decisión tomada en Consejo de Ministros de recurrir ante el Constitucional la ley que permite la investidura telemática de Carles Puigdemont. Si la sentencia es favorable a la tesis del Gobierno, el presidente del Parlament, Roger Torrent, no podría convocar el pleno para investir a Puigdemont y si lo hiciera incurriría en fraude de ley, ha explicado Méndez de Vigo.
"Nadie puede dudar de que actuamos" contra el desafío secesionista, ha declarado el portavoz del Gobierno, preguntado por las declaraciones de Albert Rivera sobre la ruptura del pacto para apoyar el 155 este miércoles en la sesión de control al Gobierno. El líder de Ciudadanos, crecido por la tendencia al alza de su partido entre los votantes, ha recriminado la actitud del Ejecutivo con respecto a Cataluña. Además, ha advertido a Rivera que serán los españoles los que juzgarán a quien no actúe con "lealtad, responsabilidad y madurez" ante el conflicto catalán.
El presidente del Gobierno, Mariano Rajoy,convocó para este miércoles una reunión extraordinaria del Consejo de Ministros con el fin de avalar el recurso al Tribunal Constitucional (TC) contra la reforma de la ley de Presidencia de la Generalitat aprobada por el Parlament que avala la investidura a distancia de un president.
Una vez cumplido el trámite de la reunión del Consejo de Ministros, el recurso se presentará previsiblemente este miércoles mismo ante el registro del Tribunal Constitucional.
Este tribunal, cuyo pleno inicia una reunión que se prevé que se mantenga a lo largo de la semana, deberá decidir si admite el recurso del Gobierno y, en consecuencia, suspende la aplicación de la ley que permitiría la investidura a distancia del expresident Carles Puigdemont.
Antes de aprobar la presentación del recurso, el Consejo de Ministros solicitó el pasado viernes al Consejo de Estado el preceptivo, aunque no vinculante, informe para ello. Un informe que contó ayer con la unanimidad de los miembros de la Comisión Permanente de este órgano consultivo del Estado a favor del recurso.
En ese texto, el Consejo de Estado recalca que la reforma de la ley del Gobierno de Cataluña aprobada el pasado viernes por el Parlament vulnera la Constitución, el Estatuto de Autonomía y el Reglamento del Parlament e insiste en que la investidura del presidente de la Generalitat tiene que tener carácter "personal y presencial".
La reforma fue aprobada con los votos de JxCat, ERC y la CUP por el procedimiento de lectura única. El Gobierno ya anunció que recurriría al TC antes de la aprobación de la reforma por el Parlament y, de hecho, el texto del recurso estaba preparado a la espera del dictamen del Consejo de Estado.
Amparo a Cs y PSC
El Tribunal Constitucional ha admitido por unanimidad el recurso de amparo presentado por diputados de Ciudadanos contra los acuerdos de la Mesa del Parlament de los días 3 y 24 de abril de 2018, en los que se admiten la delegación de voto de los diputados Carles Puigdemont y Antoni Comín, respectivamente.
El tribunal ha decidido "dirigir comunicación al Parlamento de Cataluña para que en un plazo que no exceda de diez días remita certificación de los acuerdos requeridos de la Mesa". Asimismo, "se emplaza a quienes sean parte en el procedimiento, excepto a la parte recurrente en amparo, para que en un plazo de diez días puedan comparecer".
En la misma línea, el TC también ha amparado al PSC contra la convocatoria de un pleno del Parlament en octubre de 2017 destinado a que compareciera el entonces president de la Generalidad, Cales Puigdemont, para valorar los resultados y los efectos de la jornada del 1-O.
Los efectos del aquel pleno ya fueron anulados por el alto tribunal en su día, de modo que en este amparo lo que hace es señalar que, además de la inconstitucionalidad de las resoluciones del Parlament, con ellas se dañaron los derechos políticos del PSC.
El recurso de amparo del PSC advertía que convocar el pleno del Parlament suponía "ignorar a sabiendas la suspensión acordada por el TC" sobre la Ley del Referéndum, y que "pretender que la citada ley surja efecto supondría un quebrantamiento radical del ordenamiento constitucional".

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